Sorteos en redes sociales bajo la lupa: así es la nueva normativa que regula las rifas en Venezuela

Esta medida impacta directamente a comerciantes, figuras públicas y entidades benéficas que utilizan estos sorteos como mecanismo de recaudación o publicidad.  

Miércoles, 18 de marzo de 2026 a las 12:38 pm
Sorteos en redes sociales bajo la lupa: así es la nueva normativa que regula las rifas en Venezuela

La Comisión Nacional de Lotería (Conalot) divulgó este miércoles 18 de marzo una nueva normativa que busca meter en cintura la realización de rifas y sorteos en todo el territorio nacional.

A través de la Providencia n.º CONALOT/P/2025-001, el organismo regulador establece parámetros estrictos para las modalidades presenciales y virtuales, obligando a los organizadores a obtener el registro RUNLOT y una solvencia de rifa específica.

Esta medida impacta directamente a comerciantes, figuras públicas y entidades benéficas que utilizan estos sorteos como mecanismo de recaudación o publicidad.  

Rifas virtuales: ¿El fin de la informalidad en redes?

Uno de los puntos de la providencia es la definición del "centro de apuesta virtual" y la "rifa virtual o en línea".

La normativa reconoce que muchos sorteos no tienen un lugar físico, pero exige que cuenten con registro ante la Conalot.

Por lo que los organizadores deberán suscribir contratos de prestación de servicio de comercialización si actúan como intermediarios y utilizar la plataforma Sitcom para todos sus trámites.

Requisitos indispensables para operar 

Para que una rifa sea considerada legal, el interesado (persona natural o jurídica) debe consignar:

  • Para el RUNLOT: Cédula o RIF, carta de residencia, comprobante de pago de tasa y el reglamento del juego.

  • Para la solvencia: Declaración jurada de patrimonio, documentos que demuestren la propiedad de los premios y una declaración de origen y destino de fondos (para evitar el lavado de dinero).

De igual modo, la Conalot ha fijado límites máximos para la venta de medios de apuesta:

  • Rifas de triples y terminales: 2% de la totalidad de medios de apuesta.

  • Rifas menores: 2.5%.

  • Rifas mayores: 5%. Además, se prohíbe estrictamente la participación de niños, niñas y adolescentes (Art. 30), así como el uso de las ganancias para fines distintos a los declarados lícitamente.

Sanciones y el nuevo cálculo de multas

Del mismo modo, se agrega que el incumplimiento de estas normas acarreará sanciones previstas en la Ley Nacional de Lotería.

Según el escrito, se ajustarán al tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

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